
ACUERDO DE COLABORACIÓN PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES CONJUNTAS EN BENEFICIO DE LOS ASOCIADOS
En Madrid a cinco de marzo de 2025
REUNIDOS:
De una parte, la ASOCIACIÓN ENLACEVERDE, en adelante ENLACEVERDE con NIF G86612751 inscrita en el registro de asociaciones con el n° 602241 y domiciliada en 28440 Guadarrama (Madrid), calle de Luis Rosales 9 (Colonia Media Legua) representada por JOSÉ MARÍA ALFARO ROCA con DNI 02494381P en calidad de Presidente y PEDRO MANUEL CANO JIMÉNEZ con DNI 50795646P en calidad de Secretario.
De otra la ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE CAJA DE MADRID, en adelante AJUCAM, con NIF G79313987, inscrita en el registro de asociaciones con el n° 86897 y domiciliada en Madrid, calle de Hortaleza, 52- 1o., representada por JESUS ROBLEDO BARRIO con DNI 01379897N en calidad de Presidente.
MANIFIESTAN:
Que ambas Asociaciones tienen como asociados personas que han sido empleados de la extinta CAJA MADRID (Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, integrada por fusión en Bankia y ahora en CaixaBank) o de las empresas de su grupo.
Que desde su fundación vienen desarrollando actividades culturales y sociales para sus asociados, compartiendo una unidad de fines y objetivos.
Que, en base a ello, ambas Asociaciones tienen interés en colaborar en la realización de actividades conjuntas que beneficien a ambos colectivos de asociados, tales como: viajes, ocio, cultura, conferencias, así como compartir información en defensa de los interese de sus asociados (fiscal, jurídica, ofertas económicas, de salud, etc.).
Que en cuya virtud, y para un mejor desarrollo d las actividades de ambas Asociaciones.
ACUERDAN:
1. Las Asociaciones, AJUCAM y ENLACEVERDE tienen un mutuo interés en invitar a participar a sus respectivos asociados en las actividades que se desarrollen indistintamente por cada una de ellas, para lo que cada Asociación a través de su Junta Directiva (o en quien ésta delegue), comunicará a la otra asociación cualquiera de las actividades en las que desearía que sus respectivos asociados participasen y, en la medida en que no perjudique a sus propias actividades y/o a sus asociados, las respectivas Junta Directivas aprobarán la participación, dando traslado a sus asociados a través de sus respectivos canales de comunicación para que puedan participar en las actividades autorizadas.
A estos efectos, ambas Asociaciones:
(1) Pondrán los medios necesarios de todo tipo (informáticos, físicos, locales) con los que cuenten, para que dichas actividades puedan desarrollarse con normalidad, sin coste adicional para ninguna de ellas.
(2) Impulsarán el alta como asociados en ambas asociaciones, para que ambos colectivos puedan ir confluyendo con el tiempo.
2. Estudiar la conveniencia de extender el marco de colaboración de este acuerdo a la asociación Carpe Diem, cuyos miembros hayan sido empleados de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid o de las empresas de su grupo, a quien podrán ofrecer la adhesión al presente acuerdo. Para la formalización de la adhesión bastará el otorgamiento del correspondiente Anexo de Adhesión al presente acuerdo.
3. Explorar cualquier tipo de colaboración adicional que permita una mejor integración de las mencionadas asociaciones y un mejor cumplimiento de los fines y objetivos que todas ellas comparten.
4. El presente Acuerdo de Colaboración es de carácter indefinido y permanecerá en vigor, salvo denuncia realizada por cualquiera de las asociaciones que lo suscriben o las que se pudieran adherir en el futuro.
En caso que en el momento de la denuncia fueran más de dos las asociaciones firmantes o adheridas al presente acuerdo, la denuncia sólo afectará a la asociación que la inste y el presente acuerdo permanecerá en vigor respecto del resto de asociaciones que no lo hayan denunciado.
En su caso, la denuncia deberá ser realizada a los domicilios señalados en la comparecencia o los que comuniquen las asociaciones que se adhieran en el futuro, con treinta (30) días naturales de antelación a la fecha en que se pretenda que la denuncia tenga lugar y, por cualquier medio que acredite su emisión y recepción, incluso por vía telemática.
5. En ningún caso el presente acuerdo supone novación y alteración de cualquier contrato, acuerdo o convenio que anteriormente tengan suscrito las asociaciones que lo suscriben o las que se adhieran en el futuro, con cualquier tercero, ya se trate, a título meramente enunciativo, de cualquier Administración u Organismo Público, Fundaciones, Empresas públicas o privadas u otras asociaciones. Dichos contratos, acuerdos o convenios suscritos con terceros permanecerán en vigor y el presente Acuerdo de Colaboración no resultará de aplicación en la medida que pudiera oponerse a los mismos.
En prueba de conformidad con el contenido del presente Acuerdo de Colaboración, se firma por duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.
CIRCULARES y ACTIVIDADES AJUCAM

ACTIVIDADES ENLACEVERDE
23-05-2025 JARDINES DE LA QUINTA Y PALACIO DE EL PARDO
27-05-2025 Ensayo de ORCAM
05-06-2025 MAN 5 - REINOS CRISTIANOS
09-06-2025 Pueblos de Segovia
(Para por apuntarse en estas actividades, contactar con el Vocal de Actividades de Ajucam, ASUN, teléfono 687 274 580)